Al Ministerio de Justicia: por el derecho a la justicia, la verdad y la reparación
Son
principios cardinales de una democracia y un Estado de Derecho que ninguna
disposición interna de un Estado puede oponerse a las obligaciones contraídas
en un Tratado internacional y que las leyes que afectan a los derechos
fundamentales deben ser interpretadas conforme a las normas del derecho
internacional de los derechos humanos. Así
ha sido sostenido reiteradamente por distintas instancias nacionales e
internacionales que vienen solicitando a las instituciones españolas la apertura del proceso a los crímenes del franquismo y la derogación de la
ley de amnistía de 1977.
A pesar de ello, la justicia española
acaba de escribir otro vergonzoso capítulo en su larga historia de
encubrimiento de los crímenes de la dictadura al denegar la Audiencia Nacional, en sendas resoluciones, la extradición
a Argentina de Jesús Muñecas Aguilar y Antonio González Pacheco por
considerar, insólitamente, que los reiterados delitos de tortura de que están
acusados por la justicia argentina son delitos comunes y aislados.
Esto significa que los jueces que han
dictado estas vergonzosas resoluciones - en consonancia con idéntica
actitud mantenida en casos similares por otros juzgados y tribunales y diversas
instituciones del Estado –entienden que los delitos de torturas,
perpetrados contra los querellantes y denunciantes en la causa argentina,
no constituyen crímenes de lesa humanidad a pesar de que se cometían en el
mismo tiempo, y en un contexto, en que se torturaba reiterada y
sistemáticamente en comisarías, cárceles y cuarteles; se ejecutaba a
opositores al régimen a través de sentencias dictadas por consejos de guerra
sumarísimos; se producían matanzas en protestas de trabajadores y estudiantes
y, en general, se reprimían generalizada y cotidianamente los derechos y las
libertades de miles de personas y cientos de organizaciones.
A esta altura del devenir histórico sólo
quienes han cometido los crímenes, sus cómplices y quienes con ellos se
solidarizan pueden efectuar semejante afirmación.
La Audiencia Nacional ha ignorado a
sabiendas la notoriedad de la verdad histórica y el preciso y detallado Auto de la jueza argentina que contextualiza las
torturas como parte de la comisión sistemática y generalizada de múltiples
delitos perpetrados desde las estructuras del Estado, señala a quienes con los
imputados participaron en las mismas y cita extensamente dictámenes
concluyentes de organismos internacionales de derechos humanos sobre la criminalidad
masiva del franquismo.
Quienes promueven que un criminal se
sustraiga a la acción de la justicia cometen el delito de encubrimiento; los
funcionarios que dictan a sabiendas resoluciones injustas cometen el delito de
prevaricación. Ambos delitos están siendo perpetrados
sistemáticamente por todos aquellos funcionarios del Estado y de la
Administración de Justicia que se niegan a investigar los crímenes de la
tiranía y a juzgar a sus responsables.
Sin ninguna expectativa de ser
escuchados, pero fieles a la memoria de los centenares de miles de víctimas del
fascismo español y con el compromiso de conseguir para todos ellos verdad,
justicia y reparación, exhortamos y exigimos a ese Ministerio de
Justicia, y con él y a través de él, a todas las instituciones del Estado, a
que sean removidos todos los obstáculos que impiden poner fin a la ignominia de
la impunidad del franquismo.
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