Comunicado de CEAQUA (Coordinadora estatal de apoyo a la Querella Argentina contra crímenes del franquismo) ante la no extradición de “Billy el niño”
EN ILEGAL E INDIGNANTE
RESOLUCIÓN LA AUDIENCIA NACIONAL DE ESPAÑA NIEGA LA EXTRADICIÓN A ARGENTINA DE
ANTONIO GONZÁLEZ PACHECO, ALIAS BILLY EL NIÑO, AFIRMANDO, UNA VEZ MÁS, QUE EL
FRANQUISMO NO COMETIÓ CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD.
ANTE
ESTA NUEVA MANIFESTACIÓN DE IMPUNIDAD LA COORDINADORA ESTATAL DE APOYO A LA
QUERELLA ARGENTINA CONTRA LOS CRÍMENES DEL FRANQUISMO (CEAQUA) MANIFIESTA:
El 30 de
abril de 2014, la Sección Segunda de la Audiencia Nacional, reiterando en lo
esencial los “fundamentos” que llevaron el 15 de abril a la Sección Tercera a
denegar la extradicción del torturador Jesús Muñecas Aguilar, ha rechazado la de
Antonio González Pacheco.
El
Tribunal reconoce que las denuncias de los trece ciudadanos españoles que
dieron origen a la solicitud de extradicción por parte de la justicia argentina
constituyen claramente delitos de torturas pero distan, afirma, de poder ser
calificados como delitos de lesa humanidad.
Más
concretamente niega que se hayan cometido “…como parte de un ataque
generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de
dicho ataque”, como exige el tipo penal de crímenes de lesa humanidad y, en
consecuencia, al estimar que se trata de delitos comunes, resuelve que está
prescrita la acción penal.
Esto
significa que los jueces que han dictado esta vergonzosa resolución entienden
que los delitos de torturas perpetrados contra los querellantes y denunciantes
en la causa argentina, no constituyen crímenes de lesa humanidad a pesar
de que se cometían en el mismo tiempo y en un contexto en que se torturaba
reiterada y sistemáticamente en comisarías, cárceles y cuarteles; se
ejecutaba a opositores al régimen a través de sentencias dictadas por
consejos de guerra sumarísimos; se producían matanzas en protestas de trabajadores
y estudiantes y, en general, se reprimían generalizada y cotidianamente los
derechos y libertades de miles de personas y cientos de organizaciones.
Como
decíamos en relación con la denegación de la extradicción de Muñecas, la
Audiencia Nacional, una vez más, ignora a sabiendas la notoriedad de la
verdad histórica y el preciso y detallado Auto de la jueza argentina que
contextualiza las torturas como parte de la comisión sistemática y generalizada
de múltiples delitos perpetrados desde las estructuras del Estado, señala a
quienes con González Pacheco participaron en las torturas y cita extensamente
dictámenes concluyentes de organismos internacionales de derechos humanos sobre
la criminalidad masiva del franquismo.
La
decisión judicial considera, por tanto, que el franquismo no cometió crímenes
contra la humanidad. A esta altura del devenir histórico sólo quienes han
cometido los crímenes y sus cómplices, quienes los encubren y quienes con ellos
se solidarizan pueden efectuar semejante afirmación.
Debe destacarse
asimismo que el Fundamento Jurídico quinto del Auto judicial señala que además
de la extinción de la responsabilidad penal derivada de la prescripción existe
una causa obstativa de denegación al ser preferente la jurisdicción española
atendiendo al principio de territorialidad, al haberse cometido los hechos en
este país y sin que conste, señala, ejercicio de la acción por parte de
los denunciantes ante los tribunales españoles.
Pues
bien, atendiendo al criterio expresado en dicha resolución desde CEAQUA
valoraremos seriamente la formulación de querellas de forma sistemática en
diferentes Juzgados de todo el territorio nacional, al objeto de que finalmente
se reconozca el derecho de las víctimas del franquismo a acceder a la
jurisdicción, esto es, a efectos de que se les reconozca su derecho, hasta
ahora negado reiteradamente, a la verdad, la justicia y la reparación, y todo
ello sin perjuicio de seguir impulsando el proceso judicial que se tramita ante
los tribunales argentinos.
Además,
instamos y exigimos a la Fiscalía la interposición de un recurso de súplica
contra el Auto hoy notificado, no sólo porque dicha resolución es
manifiestamente ilegal, sino también para ser consecuente y coherente con lo
que expresó en la vista oral, esto es, la necesidad de que las víctimas del
franquismo sean escuchadas en los tribunales españoles.
Finalmente
recordamos que siguen vigentes las órdenes internacionales de detención
expedidas contra Muñecas y González Pacheco, que serán extraditados a Argentina
si se les aprehende fuera de territorio español.
Una vez
más reafirmamos que, en nombre y memoria de los centenares de miles de víctimas
del fascismo español, continuaremos bregando para poner fin a la ignominia de
la impunidad del franquismo.
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